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SE APROBÓ POR EL CONSTITUYENTE PERMANENTE POTOSINO DE MINUTA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 12 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

El Congreso del Estado dio cuenta del cómputo de votos y declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que reforma el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en relación a la búsqueda de la igualdad, y de la protección a las personas en desventaja social, para dar cumplimiento a Agenda 2030.

Con esta reforma, se establece la  obligatoriedad de programas sociales que garanticen a las personas más vulnerables el derecho a una vida digna, alimentación y salud de calidad.

La reforma establece que: “El Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, no solo reconoce su obligación de garantizar el derecho a la salud, a la alimentación suficiente y de calidad, a la vivienda digna y decorosa, a la protección del patrimonio familiar, el acceso al agua, sino también la de garantizar a través de programas sociales establecidos en la ley, el acceso gratuito de estudiantes al transporte público, atención médica gratuita a la población, y la entrega de apoyos económicos, alimentarios, pensiones, y subsidios a personas en condición de pobreza”.

Se indica que esta reforma es una acción más que obedece a la búsqueda de la justicia social, para que todas las personas que habitan en San Luis Potosí disfruten de la riqueza de la que han participado en su creación

Luego de la aprobación por parte de la mayoría de los Cabildos municipales, y de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, la citada reforma entrará en vigor.

Esta reforma contiene disposiciones que tienden a la búsqueda de la igualdad, de la protección a las personas en desventaja social, para dar cumplimiento a la Agenda 2030 y sus objetivos, entre ellos, el combate a la pobreza, hambre cero, salud y bienestar, educación de calidad, igualdad de género, agua limpia y saneamiento, energía asequible y no contaminante, y reducción de igualdades, entre otros.

Se indica que mediante esta reforma, se establece la obligatoriedad del Estado para implementar programas sociales que garanticen a las personas en condición de pobreza el derecho a una vida digna, alimentación, y salud de calidad, con lo que se coadyuvará para aligerar el gasto en sus hogares, esto con servicios públicos, y trámites sin costo.

Además de becas alimentarias, becas con recursos económicos, becas para estudiantes en condición de pobreza, programas de acceso gratuito al transporte público para estudiantes durante sus traslados en horario escolar, en auxilio de quienes se encuentran en condición de desventaja.

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