Establece la prohibición para ser funcionarios publicos, a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias.
(La Jornada)
La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró hoy la constitucionalidad de la reforma constitucional que establece la prohibición para ocupar cargos de representación popular ni ser funcionarios publicos, a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias.
Entre aplausos de legisladoras y de integrantes de colectivos feministas presentes, el presidente de la Comisión Permanente, Alejandro Armenta formuló la declaratoria de constitucionalidad de la llamada “ley 3 de 3” y la turnó el decreto al Diario Oficial de la Federación, para su publicación y entrada en vigor.
Con ello concluye el proceso constitucional, ya que la reforma fue aprobada por ambas cámaras del Congreso federal y por l23 congresos estatales.

