Desde el mes de marzo de este año 2016, entró en vigor la Nueva Reforma de Justicia Penal en el primer distrito judicial con cabecera en la capital del estado de San Luis Potosí, que a nivel general, la nueva reforma tiene el objetivo de agilizar los procesos penales y sobre todo, respetar los derechos humanos, tanto de las víctimas como de los imputados, sin embargo, a más de medio año que dio inicio, en ninguno de los municipios que integran el primer distrito judicial con cabecera en la capital potosina no se ha realizado ningún juicio oral.
El experto jurídico y penal, José Mario de la Garza, explicó que este nuevo proceso está apenas en fase de investigación, o bien, en la fase de vinculación a proceso pero todavía no hay ningún juicio oral, como procedimiento oral ante un juez y se pueda ver cómo se desarrolla la audiencia.
Agregó que el porqué es sencillo, la falta de una policía capacitada, la falta de una policía científica capaz de recabar información al momento de un hecho ilícito que amerite llevar dicho proceso.
Sin embargo, en el municipio de Rioverde, el pertenece al tercer distrito judicial, que tiene residencia en el propio municipio ya se realizó el primer juicio, donde dentro del lapso contemplado de 72 horas se dictó a los detenidos auto de vinculación dando un lapso de tres meses para concluir el procedimiento penal. Asimismo, en el municipio de Matehuala, del segundo distrito judicial con residencia en esa misma cabecera y Ciudad Valles, del sexto distrito judicial donde también tiene la residencia, concluyeron a favor a la víctima.
“Incluso se ha comentado que hay un incremento en la comisión de delitos en San Luis Potosí, entonces ¿Porque no hay juicios orales? Porque hay un cierto temor de llevar estos casos a los jueces porque ahora toda las pruebas se tienen presentar ante el juez, deben de llevar un protocolo de respeto a los derechos humanos y la presunción de inocencia toma una relevancia importante”, explicó.
De la Garza Marroquín, abundó en que esto puede ser un problema si no se tienen las evidencias y además si no se presentan de manera correcta, dado que se debe respetar la presunción de inocencia, se deben respetar las nuevas reglas de la flagrancia, o porque simplemente no tienen evidencias, porque la policía científica no existe y entonces el juez no podría determinar.
“El juez determina si continua o no el proceso, se le conoce como la vinculación al proceso, tienes que presentar la apertura del caso, tienes que llevar el caso armado y presentarle las pruebas al juez, le explicas por qué quieres iniciar el caso y qué elementos tienes”, dijo.
Ya con este proceso armado, será el juez quien decida si sí se realiza o no el procedimiento para llegar a un juicio oral, donde se deberán llevar a cabo en salas de audiencia especiales y con características propias que permitan dicho proceso.
En San Luis Potosí apenas están en esa fase y no han logrado pasar al siguiente, dado que el “talón de Aquiles” es la falta de la preparación policiaca y la falta de una policía científica que dote de evidencias que puedan sostenerse.
Sin embargo, el experto jurídico y penal, explicó que algunos casos se están resolviendo mediante otros métodos alternativos, o salidas alternas “hay que ser cuidadosos, en teoría, los juicios orales deberían ser pocos, no esperemos tener miles de juicios orales, debemos enfocar el juicio oral a eventos de mayor impacto y de mayor relevancia y entonces la expectativa de juicios sería poca”, dijo.
Actualmente, hay delitos que permiten una solución alterna, un acuerdo, como la reparación de daño y las medidas que impone el juez como parte de la resolución del problema y dijo, se está viendo que gran parte de los hechos han tenido una resolución.
Finalmente, José Mario de la Garza, concluyó explicando que en el nuevo sistema de justicia penal, la prisión preventiva ya no se maneja como antiguamente era conocida, el recurso de mantener a las personas en prisión cambio en 180 grados, hay dos planteamientos, una modificación a la miscelánea penal con el 5to transitorio, que permite que personas que están en prisión bajo efectos del sistema anterior puedan pedir su libertad y en todo caso continuar con su proceso, los cuales, deberán ser analizados caso por caso.
