Fuente de datos meteorológicos: El tiempo en San Luis Potosí a 30 días
sábado 15 de agosto de 2026 San Luis Potosí, México
Fuente de datos meteorológicos: clima en San Luis Potosí a 30 días

EL OBJETIVO ES QUE SEAN PROPORCIONALES A LA GRAVEDAD DE LAS CONDUCTAS Y ACORDES A LA REALIDAD SOCIAL: DIP. CÉSAR ARTURO LARA ROCHA.

El diputado César Arturo Lara Rocha presentó una iniciativa para reformar los artículos 136 y 137 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para fortalecer el marco jurídico en el delito de lesiones, mediante la actualización de los rangos de sanción, a efecto de que resulten proporcionales a la gravedad de las conductas y acordes con la realidad social.

Se busca incorporar de manera expresa afectaciones en zonas corporales visibles y de alta relevancia social, como son la cabeza y el cuello; la precisión de las consecuencias jurídicas, incluyendo supuestos como la deformidad incorregible y la afectación funcional permanente; así como el fortalecimiento del principio de taxatividad, a través de una redacción más clara y precisa que reduzca los márgenes de interpretación.

De esta manera, establecer que las lesiones que no pongan en peligro la vida del ofendido, pero dejen consecuencia, se sancionen de la siguiente manera:

Cuando dejen al ofendido una cicatriz notable y permanente en la cara, cabeza, cuello o en uno o ambos pabellones auriculares, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de ciento cincuenta a quinientos días del valor la unidad de medida y actualización.

Cuando produzcan en el ofendido debilitamiento, disminución o perturbación de las funciones, órganos o miembros, o perturbación de facultades volitivas, se impondrá una pena de tres a siete años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Y, cuando produzcan en el ofendido, enajenación mental, pérdida definitiva de algún miembro o de cualquier función orgánica, deformidad incorregible que afecte la apariencia o funcionalidad corporal, o incapacidad permanente para trabajar, se impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión y sanción pecuniaria de trescientos a mil días del valor de la unidad de medida y actualización.

El legislador Lara Rocha señala que se busca contribuir a un marco jurídico más eficaz en la protección de la integridad personal, sin apartarse de los principios constitucionales que rigen el sistema penal, particularmente los de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión Primera de Justicia.

También te puede interesar

Notas más leídas en la última semana

Redes Sociales

Suscríbete y recibe nuestras más recientes notas

Regístrate y recibe las más recientes notas

País Mundo

¿Quieres estar al tanto de todo lo que está sucediendo en nuestro mundo? ¡Síguenos en nuestro nuevo perfil en Facebook! Conéctate con otros seguidores, comparte tus pensamientos y participa en interesantes debates. No te pierdas la oportunidad de estar al tanto de todas las noticias
¡Haz clic en el botón ‘Seguir’ ahora!