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martes 8 de septiembre de 2026 San Luis Potosí, México
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El diputado Cándido Ochoa Rojas presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, con la cual se propone despolitizar la aprobación de las cuotas y tarifas de agua, y establecer una metodología clara para el cálculo de las mismas.

En su exposición de motivos, señala que “la intención es despolitizar los criterios para establecer cada año las cuotas y tarifas de agua, que a veces tenían como rehenes a los organismos operadores, pues actualmente se dejan a un lado los aspectos técnicos y financieros, suficientes para la operación del organismo para calcular las tarifas, privilegiando la rentabilidad electoral; en síntesis, al transparentar el proceso de definición de cuotas y tarifas, se despolitiza y su aprobación no estará sujeta a la decisión del Congreso, y así, el ejercicio de una facultad que hasta hoy es exclusiva del cuerpo legislativo pasará a una comisión ciudadana”.

El legislador propone modificar la integración del actual consejo técnico consultivo, para que en lo subsecuente se denomine “Consejo Consultivo y Tarifario”, que además de las funciones actualmente establecidas, tendrá la de analizar y en su caso aprobar la propuesta de cuotas y tarifas elaboradas por los organismos operadores, así como la de analizar y evaluar el costo real de los servicios de agua que prestan las estructuras organizacionales operadoras de agua. Cada organismo operador determinará a los integrantes de su Consejo Consultivo Tarifario, a través de su reglamento interno.






El Consejo Consultivo y Tarifario tendrá por objeto, el diseñar o actualizar las cuotas y tarifas, observando en todo momento el impacto en la economía de los usuarios así como en el aumento de los precios de los bienes y servicios; verificar que las cuotas y tarifas propuestas sean suficientes para cubrir los costos y gastos derivados de la operación, mantenimiento, sustitución, rehabilitación, mejoras y administración de los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales; solicitar a la Auditoria Superior del Estado, a la Comisión Estatal del Agua, al Municipio o al Organismo Operador la información y asesoría que requieran, para realizar el análisis o revisión de la estructura tarifaria; aprobar las cuotas y tarifas, a más tardar el 15 de noviembre del año inmediato anterior a su vigencia; proponer políticas públicas para la mejor aplicación de las tarifas a los usuarios, de acuerdo a los consumos, características y usos de los predios.

Además, proponer las políticas y lineamientos mediante los cuales será viable el subsidio de tarifas, cancelación de adeudos, o de sus accesorios; a efecto de promover y hacer efectivo el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos; y hacer propuestas para la formulación, modificación y aprobación de los sistemas de cobranza y manejo de los fondos.

La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Agua; Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal; y Derechos Humanos, Igualdad y Género.





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