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jueves 28 de marzo de 2024 San Luis Potosí, México
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En sesión de la Comisión de Justicia, se aprobó la reforma a diversos artículos de la Ley para el Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de San Luis Potosí; así como de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de que el Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de San Luis Potosí cuente por lo menos con un intérprete de lenguas indígenas, que permita garantizar una correcta atención personalizada a mujeres y hombres indígenas víctimas del delito.

De esta manera, se busca que el Instituto cuente con personal operativo auxiliar encargado de la correcta interpretación de lenguas del instituto, para que pueda apoyar a las personas integrantes de comunidades indígenas, con el objetivo de orientarlas y canalizarlas ante las entidades y autoridades competentes para su pronta impartición de justicia.

La iniciativa, presentada por la diputada Rebeca Terán, busca brindar una atención integral a las personas hablantes de las diferentes lenguas indígenas en el estado, como es náhuatl, pame y Tének, por medio de un servidor público subalterno dependiente del área de desarrollo jurídico del Instituto y que auxilie a las diferentes áreas operativas del mismo, en una correcta interpretación.






En la exposición de motivos de la iniciativa, se señala de esta manera, se pretende una atención correcta y efectiva para las personas que acuden ante el Instituto, poniendo especial atención a las mujeres indígenas víctimas de violencia.

Con esta modificación, también se atiende al exhorto enviado por el Senado de la República, en relación a incorporar en nuestra legislación secundaria, orgánica y procesal, las normas necesarias para hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia de los pueblos indígenas mediante servicios de traducción e interpretación, sino que de manera práctica, responsable y oportuna salvaguardamos los derechos humanos de nuestra población indígena, que son el bien jurídico tutelado que persigue esta modificación a la ley.

Este dictamen será presentado en sesión ordinaria, para su votación en una próxima sesión ordinaria.





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