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A iniciativa de la diputada María Rebeca Terán Guevara, el pleno del Poder Legislativo reformó el artículo 5º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí con la finalidad de establecer el término empoderamiento como uno de los objetos de las acciones de protección y asistencia a las mujeres víctimas o en situación de riesgo de violencia.

Al incluir el término empoderamiento la legislación local se homologa con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que contempla en su artículo 5º fracción X al “Empoderamiento de las Mujeres” como un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.

Con esta reforma, el artículo 5º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí establecerá lo siguiente: La protección y asistencia a las mujeres víctimas o en situación de riesgo de violencia, tiene por objeto promover su desarrollo integral, empoderamiento y participación en todos los niveles de la vida privada, económica, política, laboral, profesional, académica, cultural y social.






En la exposición de motivos del dictamen aprobado se señala que el conjunto de medidas y acciones que lleva a cabo el Estado para proteger a las víctimas de violencia, como parte de su obligación de garantizar a las mujeres su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos, tiene por objeto que las mujeres transiten de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión, a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifieste en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.

De ahí la necesidad de establecer término empoderamiento como uno de los objetos de las acciones de protección y asistencia a las mujeres víctimas o en situación de riesgo de violencia.





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