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En sesión de la Comisión de Derechos Humanos, se aprobó el Punto de Acuerdo para exhortar respetuosamente al Senado de la República para que realice las acciones que considere necesarias, con el objetivo de dar resolución a los proyectos de iniciativa de Decreto que tienen por objetivo expedir la Ley General del Sistema Nacional de Cuidados.

Con ello, se busca sentar las bases para desarrollar una Estrategia Nacional de Cuidados en México y así mejorar la calidad de vida de las personas cuidadoras, y por ende, de las personas receptoras de cuidados.

La diputada Gabriela Martínez Lárraga, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y promovente de este exhorto, señaló que es importante reconocer la labor invisibilizada de los cuidados a personas con discapacidad y adultos mayores, de manera que el Estado cuente con políticas públicas para proteger, promover y garantizar derechos humanos de las personas cuidadoras.

Señala que el trabajo de cuidado constituye un asunto de suma importancia para el ejercicio de los derechos humanos de las personas, y en especial, las políticas públicas deben prestar especial atención al trabajo de cuidados que no se remunera y que realizan mayoritariamente las mujeres y las niñas con abrumadoras cargas de trabajo.

En ese sentido, se evidencia la urgencia de que México cuente con un Sistema Nacional de Cuidados, y de allí la fundamental importancia de resolver a la brevedad las dos iniciativas que existen en el Senado de la República para expedir la Ley General del Sistema Nacional de Cuidado.

En las iniciativas, se propone que este Sistema Nacional de Cuidados contribuya a la erradicación de las desigualdades entre mujeres y hombres a través de la redistribución del trabajo de cuidados entre todas las instancias participantes en el Sistema, además de la generación de acciones, políticas, programas y servicios de cuidados que la población requiere, estimulando el desarrollo económico y con un efecto positivo en la creación de empleos.

Así, tendrán prioridad en dicho Sistema, las personas que requieran cuidados por enfermedad, discapacidad, niñas, niños, adolescentes y personas mayores, quienes vivan en condiciones de extrema pobreza, y las personas que realicen actividades de cuidado de las anteriores sin remuneración alguna. Trabajo.

El Punto de Acuerdo se turnará al pleno para su votación.

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