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-Destaca en el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en Centros de Detención Municipal con una evaluación de 9.17

-Las condiciones de los separos municipales, de las mejores en la entidad

 

 

En el reciente Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en Centros de Detención Municipal realizado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), el Ayuntamiento de San Luis Potosí obtuvo la calificación más alta en la entidad debido al cumplimiento de diversos rubros por parte de la autoridad capitalina y la Dirección General de Seguridad Pública Municipal (DGSPM).

El Secretario General de Gobierno de esta capital, Jesús Ernesto Barajas Ábrego detalló que se obtuvo un 9.17, luego de las visitas y recorridos de supervisión que la CEDH realizó a la totalidad de los centros de detención municipales que funcionan en el estado.

Los municipios más cercanos a esa calificación apenas superaron el 7, mientras que otros obtuvieron un puntaje reprobatorio con calificaciones de 4.7 y de hasta de 1.6, solamente.






 

Barajas Ábrego detalló que los centros de detención de la DGSPM de San Luis Potosí, cumplen con las condiciones de dignidad y seguridad, por lo que el Gobierno de esta capital asume el compromiso de mantener estos altos niveles de calidad en las comandancias municipales.

 

De acuerdo a la CEDH, para la elaboración del referido Informe Especial se realizaron visitas y recorridos en cada uno de los centros de detención municipal, se aplicó una guía de supervisión, así como entrevistas directas con el titular de la DGSPM y/o los responsables de los centros municipales, lo que permitió revisar y constatar el respeto de los derechos humanos dentro de los separos visitados.

 

Los cuatro rubros verificados fueron: Estancia Digna, Requerimientos Específicos, Derecho a la Legalidad, así como Integridad Personal del Detenido. El primero implicó condiciones materiales, higiene, ventilación e iluminación; el segundo, contar con espacios para mujeres, adolescentes, indígenas y personas con discapacidad; en el tercero se tomó en cuenta la aplicación del Bando de Policía y Gobierno, la sanción fundada y motivada, así como el arresto, multa o trabajo a favor de la comunidad; y en el último, la certificación y la atención médica.

 





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