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lunes 7 de septiembre de 2026 San Luis Potosí, México
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Una exigencia ciudadana para que los recursos públicos realmente se puedan transparentar y no terminen en los bolsillos de diputados o gente ligada a los partidos políticos que utilizan supuestas Asociaciones Civiles “patito” está avanzando en el Congreso por medio de una Iniciativa de Ley que ingresó el Legislador Fernando Chávez y respaldada por Gerardo Serrano, que busca realmente regular el dinero que se asigna a las Asociaciones Civiles y que estas realmente cumplan con una verdadera función social.
El artículo 53 de la Ley de Presupuesto contabilidad y Gasto Publico del Estado se modifica con la finalidad de brindar las normativas suficientes para que las Asociaciones Civiles que sean reales y cumplan con sus propósitos puedan recibir recursos para su correcto funcionamiento.
La Asociación Civil Ciudadanos Observando manifestó que esta iniciativa es buena y ayudará a regular este aspecto de los recursos, ya que basta recordar cómo diputados de la anterior legislatura, usando sus propias asociaciones, desviaban fuertes cantidades de recursos públicos para su beneficio personal y con fines electorales.
Entre los requisitos para el otorgamiento de subsidios a las asociaciones constituidas adecuadamente, se encuentran los siguientes:
-Identificar con precisión a la población objetivo
-Contar con copia certificada de su acta constitutiva ante Notario Público
-Tener la autorización de la SHCP como donatario autorizado
-El otorgamiento de subsidios o donativos deberá ser autorizado por los titulares de los ejecutores del gasto.
-Demostrar que además de ser asociaciones no lucrativas, estén al corriente en sus respectivas obligaciones fiscales y que sus principales ingresos no provengan del Presupuesto de Egresos.
-Deberán presentar un proyecto que justifique y fundamente la utilidad social de las actividades a financiar con el monto del subsidio.
-Deberán estar inscritas en el Registro Estatal y Nacional de Instituciones de Asistencia Social.
-Queda prohibido otorgar recursos a AC pertenecientes o vinculadas a partidos políticos o servidores públicos.
-Entregar copia del presupuesto anual del año indicado las diferentes fuentes de ingresos y sus porcentajes respectivos.
-Los recursos asignados a las instituciones no podrán ser aplicados al gasto corriente.
-Se verificará que no estén integrados en algún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del Gobierno.
-Se procurará que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos sociales y con perspectiva de género
-Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo.
-Entregar informe mensual a la Secretaría de Finanzas, sobre la aplicación del subsidio.
-Cumplir con los lineamientos de prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
-Prever la temporalidad en su otorgamiento.
-Procurar que sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden.

 

Dichos requisitos fueron incluidos en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios ya aprobados.

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