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viernes 19 de abril de 2024 San Luis Potosí, México
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El pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas a diversos artículos de la Ley de Educación del Estado, que tienen como fin fortalecer el marco jurídico que establece las bases para una mejor enseñanza educativa en todos sus niveles y de la infraestructura de los centros educativos.

Así se establece que los docentes procurarán diseñar y aplicar las medidas conducentes a crear y propiciar relaciones de igualdad entre los educandos, hombres y mujeres al interior de las aulas, a fin de identificar y prevenir situaciones violentas por cuestiones de género y, en consecuencia, evitar la discriminación.

En lo relacionado a las cuotas voluntarias, se subraya el carácter de gratuidad de los servicios educativos que imparte el estado, por lo cual, las aportaciones, donaciones y cuotas voluntarias destinadas a dicha acción, en ningún caso, se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.

Otro aspecto a destacar, es que se brindan facultades a las autoridades educativas para establecer los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias; y, en su caso, revisar aquellas que considere excesivas, pudiendo emitir observaciones y recomendar la disminución de las mismas.

Por ello, se prohíbe a las autoridades educativas, así como a las y los docentes de instituciones públicas de cualquier nivel en el Estado, condicionar el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos, o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato de los alumnos por falta de uniforme completo o del pago de aportaciones, donaciones y cuotas voluntarias.






Además, otra de las modificaciones establece la obligación a las autoridades educativas por fomentar entre los educandos el uso adecuado y responsable de las tecnologías de la información y la comunicación, el conocimiento y la conciencia respecto de las mejores prácticas para hacer uso apropiado de internet y de las redes sociales; y el de prevenir la comisión de delitos en materia de tecnologías y cibernética.

Se busca también fomentar programas de educación y comunicación educativa acerca del cambio climático en el sistema de educación del Estado, en los tipos básico y media superior y sus efectos adversos, así como en el conocimiento de primeros auxilios y prevención de accidentes.

Finalmente, previendo las consecuencias de los cambios en la política migratoria de los Estados Unidos de América, se establecen acciones para beneficiar la movilidad académica de los connacionales, que regresan a nuestro país, para que a su vez estos puedan incorporarse en un ambiente laboral competitivo, aprovechando sus conocimientos, sin importar su status migratorio.

Se indica, que aun cuando los solicitantes carezcan de documentos académicos o de identidad; esta obligación se tendrá por satisfecha con el ofrecimiento de servicios educativos de calidad. Las autoridades educativas ofrecerán opciones que faciliten la obtención de los documentos referidos, así como, en el caso de la educación básica y media superior, la ubicación por grado, ciclo escolar o nivel educativo que corresponda, conforme a la edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, y, en su caso, saberes que previa evaluación demuestren los educandos. Las autoridades educativas promoverán acciones similares para el caso de la educación superior.

Así, las autoridades educativas e instituciones que otorguen revalidaciones y equivalencias promoverán la simplificación de dichos procedimientos, atendiendo a los principios de celeridad, imparcialidad, flexibilidad y asequibilidad. Además promoverá la utilización de mecanismos electrónicos de verificación de autenticidad de documentos expedidos fuera y dentro del sistema educativo nacional. Lo anterior en términos de la Ley General de Educación.

Las modificaciones entrarán en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.





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