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Con el propósito de agilizar el trabajo legislativo al interior de las comisiones, este día en sesión de trabajo de la Comisión de Puntos Constitucionales se aprobaron diversas iniciativas de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado.

En primer término, se aprobó la iniciativa de reforma al artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y al artículo 143 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, presentada por el diputado Oscar Vera Fábregat.

Con esta reforma se establece que cuando un asunto sea turnado para su análisis a dos o más comisiones y no sea resuelto de manera conjunta, cualquiera de las comisiones podrá elaborar el dictamen respectivo, y presentarlo ante el Pleno del Congreso del Estado, para su votación, sin ser necesariamente las citadas en primer término.

Mediante esta modificación, explicó el legislador, se busca agilizar el trabajo en comisiones para resolver las iniciativas que les son turnadas, y permitir que las comisiones puedan elaborar el dictamen respectivo, evitando con ello la declaratoria de caducidad de las propuestas, a fin de que puedan ser presentadas al pleno y que sea ahí donde se discuta y se determine el sentido de la resolución.

Además, fue aprobada la iniciativa de reforma al artículo 11 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado propuesto por el diputado Héctor Mendizábal Pérez, en relación con el procedimiento de caducidad de iniciativas.

Esta modificación se brinda la facultad a los diputados promoventes de iniciativas, y no sólo los presidentes de la comisión dictaminadora a la que fue turnada su propuesta, la posibilidad de solicitar a la Directiva y siempre que los plazos no hayan sido rebasados, la ampliación del término para que su iniciativa sea dictaminada, así como el derecho a solicitar a las comisiones de dictamen un pronunciamiento con respecto a la misma.

En el mismo tema, se aprobó también la iniciativa de reforma al artículo 126 y 186 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y al artículo 6° del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado para establecer claramente los requisitos para una notificación; y otorgar fe pública, a las o los servidores públicos, que lleven a cabo las notificaciones de los actos expedidos por este Poder Legislativo.

La iniciativa, presentada por el diputado J. Guadalupe Torres Sánchez, busca que las actuaciones que lleva a cabo el Congreso del Estado, manifiesta que es importante dar certeza jurídica a las notificaciones y que se desahoguen con determinadas formalidades, en casos específicos, como las que traen aparejado algún apercibimiento, o las que se refieren a procedimientos responsabilidades, por lo que es necesario que quien las lleve a cabo, sea un servidor o servidora pública a quién se dote de fe pública, es decir, que esté posibilidad de acreditar, que un hecho aconteció.

Los dictámenes correspondientes serán turnados al pleno para su consideración en los siguientes trabajos.

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