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LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA SE DEBEN REGIR POR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, OBJETIVIDAD, EFICIENCIA, PROFESIONALISMO HONRADEZ, RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS Y, DE MANERA EXPRESA, POR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO: DIP. BRISSEIRE SÁNCHEZ LÓPEZ

Con el propósito de fortalecer el marco constitucional en materia de igualdad y derechos humanos, la diputada Brisseire Sánchez López presentó una iniciativa de reforma al segundo párrafo del artículo 88 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para incorporar expresamente la perspectiva de género como un principio rector en la actuación de las instituciones de seguridad pública.

La legisladora explicó que la propuesta establece que la seguridad pública es una función a cargo del Estado y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, la integridad, las libertades y el patrimonio de las personas; además de contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, en concordancia con lo previsto por la Constitución Federal, la Constitución local y las leyes en la materia.

Sánchez López destacó que la reforma plantea que la actuación de las instituciones de seguridad pública, se deben regir por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos y, de manera expresa, por la perspectiva de género.

Indicó que la incorporación de este principio busca garantizar que las autoridades encargadas de la seguridad pública desarrollen sus funciones con un enfoque que permita identificar y atender las desigualdades entre mujeres y hombres, fortaleciendo la protección de los derechos humanos.

La diputada sostuvo que esta modificación representa un avance en la actualización del texto constitucional estatal y permitirá armonizar la legislación local con las reformas constitucionales federales, evitando contradicciones normativas y brindando mayor certeza jurídica a la población.

Explicó que la perspectiva de género constituye un enfoque analítico orientado a comprender y cuestionar las desigualdades y relaciones de poder basadas en el género, promoviendo la igualdad y la equidad.

Añadió que, de acuerdo con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, este concepto comprende la metodología y los mecanismos para identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión que enfrentan las mujeres.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y dictamen.

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