Fuente de datos meteorológicos: El tiempo en San Luis Potosí a 30 días
viernes 19 de abril de 2024 San Luis Potosí, México
Fuente de datos meteorológicos: clima en San Luis Potosí a 30 días

La diputada Martha Orta Rodríguez propuso tipificar también como delito penal la mutilación de los animales domésticos por razones estéticas, y aplicar las penas que contempla el Código Penal del Estado de San Luis Potosí a los responsables.

Lo que contempla el código mencionado es una pena de tres meses a un año de prisión, y sanción pecuniaria de diez a cuarenta días de salario mínimo; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de la profesión si el delito lo cometiere un profesional en veterinaria.

Por ello, la legisladora presentó la iniciativa de reforma al artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que comete el delito de maltrato a los animales quien con ensañamiento o crueldad, por acción u omisión, maltrata animales domésticos, provocándoles lesiones que produzcan un menoscabo físico, o les cause la muerte; así como quienes mutilen por razones estéticas a los animales domésticos.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada, se señala que actualmente es común observar en las calles a animales ya sean perros o gatos que son víctimas de mutilaciones por razones estéticas y en veterinarias desde muy corta edad se les practican intervenciones tales como corte de cola (caudectomía), corte de orejas (otoectomía), extirpación de cuerdas vocales (cordectomía) y extirpación de las uñas en el caso de los gatos (desungulación), intervenciones quirúrgicas que son todas ellas innecesarias y no presentan ningún beneficio para los animales, sino todo lo contrario.

Lo anterior, atenta contra lo expuesto en la Declaración Universal de los Derechos de los Animales misma que fue proclamada “considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales”, lo cual no puede ser tolerado pues como bien se expone en dicha declaración los seres no humanos en este caso animales y plantas deben ser tratados con dignidad y sus dueños deben proveerles seguridad y buen trato.

En este sentido, sabemos que la protección a los seres no humanos es aún incipiente y no obstante que se ha tratado de legislar en torno al tema aun nos hace falta mucho trabajo para proteger la integridad de los seres vivos que nos rodean ya sean animales o plantas.

En este orden de ideas, el artículo 4º constitucional nos garantiza el derecho a un ambiente sano y por ende también implica la obligación de respetarlo y garantizar su adecuado cuidado, ahora bien sabemos que el ambiente implica un sinnúmero de componentes entre los que se encuentran los animales mismos que primigeniamente eran salvajes sin embargo el hombre domestico para su compañía y otros para su servicio o alimentación, pero, aun los animales que son usados para el servicio o la alimentación deben ser tratados con dignidad y garantizar su buen trato, por tanto los de compañía deben ser tratados de la misma forma; sostiene la iniciativa que se analiza en las comisiones de Justicia; y Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado.

También te puede interesar

Notas más leídas en la última semana

Redes Sociales

Suscríbete y recibe nuestras más recientes notas

Regístrate y recibe las más recientes notas

País Mundo

¿Quieres estar al tanto de todo lo que está sucediendo en nuestro mundo? ¡Síguenos en nuestro nuevo perfil en Facebook! Conéctate con otros seguidores, comparte tus pensamientos y participa en interesantes debates. No te pierdas la oportunidad de estar al tanto de todas las noticias
¡Haz clic en el botón ‘Seguir’ ahora!