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En sesión ordinaria el pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad expedir una nueva Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de actualizar su contenido en armonía con el texto constitucional e instrumentos internacionales signados por el Estado Mexicano en materia de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.

En esa línea, se eliminan disposiciones del Título Tercero, Capítulo XIX “De las Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes”, que resultan de la competencia exclusiva de la autoridad federal en materia migratoria y que fueron tildadas de inconstitucionales por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en la acción de inconstitucionalidad 76/2015, promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Derivado de la reforma constitucional a los dispositivos 18 y 73, en materia del sistema integral de justicia para los adolescentes, realizada con el fin de lograr la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente, así como su desarrollo integral, se elimina el vigente Título Noveno intitulado “De la situación de Niñas, Niños y Adolescentes, en caso de infracción Penal”.

Por otra parte, se modifica la denominación de la actual “Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes, la Mujer, la Familia y el Adulto Mayor”, para quedar como “Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes”, en armonía con la Ley General. Igualmente se eliminan las disposiciones relativas al Cuerpo Especializado de Seguridad Pública, así como al centro especializado de atención a las personas que viven violencia familiar.

Igualmente se hacen adecuaciones de forma para que el nuevo cuerpo normativo sea congruente con los principios, reglas y preceptos contenidos en la Ley General.

Con la finalidad de garantizar una debida presencia y funcionamiento de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en los 58 municipios de la entidad, y dado que la vigente Ley en su dispositivo 150 hace referencia a las procuradurías de protección municipales sin que en ninguna de las partes del cuerpo legal se desarrolle lo relativo a éstas, se contempla un nuevo Capítulo Segundo en el Título Noveno exclusivamente para integrar a las Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, las cuales deberán crearse al interior de cada municipio, con dependencia orgánica y jerárquica de los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia y normativamente a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con atribuciones para garantizar el debido respeto y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La Ley aprobada es reglamentaria del artículo 12 de la Constitución Política del Estado; sus disposiciones son de orden público, interés social y observancia general en el Estado de San Luis Potosí, y tiene por objeto:

I. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, en los términos que establece el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Garantizar el pleno y efectivo goce, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte.

III. Crear y regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Estatal y los sistemas municipales de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de que el Estado y sus municipios cumplan con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados.

IV. Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política del Estado en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre el Estado con la Federación y los municipios; y la actuación de los poderes, Legislativo; y Judicial, así como la de los organismos constitucionales autónomos.

V. Constituir las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendentes a garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como a prevenir su vulneración; entre otros preceptos.

Después de este asunto, se aprobó por unanimidad reformar la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí con el objetivo de fortalecer la educación, prevención, tratamiento y control del sobrepeso; así como establecer las necesidades mínimas y máximas de nutrimentos, para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población potosina.

Tiene además como objetivo el que la Secretaría de Salud en conjunto con la autoridad competente, brinden a los profesionales de la salud cursos de medicina herbolaria, además de aprender la lengua de la comunidad indígena de que se trate.

En otro tenor, a fin de proteger a los menores de edad, se endurece la medida respecto de la venta de inhalantes, sólo a mayores de edad, previa presentación de identificación oficial vigente.

Lo anterior porque las principales causas de muerte en el 2014 en el Estado de San Luis Potosí fueron enfermedades del corazón, diabetes mellitus, y tumores malignos, que sin lugar a duda se encuentran sumamente relacionadas con los hábitos alimenticios y enfermedades crónico degenerativas; por ello esta adecuación tiene el ánimo de que el sector salud investigue al respecto para mejorar la prevención.

Con esta reforma la Ley mencionada contemplará el disfrute de servicios de salud y asistencia social que satisfagan, eficaz, eficiente y oportunamente, las necesidades de la población; colaborar al bienestar de la población del Estado, mediante servicios de asistencia social, que permitan detectar a personas menores de edad en estado de abandono, personas adultas mayores víctimas de maltrato, personas con discapacidad, así como a víctimas de violencia de género o psicológica, para fomentar su acceso a la alimentación y bienestar, y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social, fomentando un entorno familiar sano.

Analizar, evaluar y emitir recomendaciones sobre planes, programas y proyectos del Sector Salud en el Estado. Las quejas que las personas usuarias presten por la atención médica recibida, deberán ser atendidas y resueltas en forma oportuna, efectiva y eficiente por los prestadores de servicios de salud, o por las instancias que las instituciones de salud tengan definidas para tal fin cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia.

Que en materia de higiene escolar corresponde a la Secretaría de Salud del Estado, establecer las normas técnicas, reglamentos, lineamientos y demás disposiciones legales para proteger la salud de las y los educandos, y de la comunidad escolar de los centros educativos dependientes del Estado; las disposiciones aludidas deben incluir información sobre el ejercicio responsable de la sexualidad, salud reproductiva, así como medidas para la prevención del maltrato infantil y de la violencia de género y psicológica contra las mujeres. Las autoridades educativas y sanitarias estatales se coordinarán para la aplicación de las mismas.

Se reconoce a la medicina tradicional indígena como el conjunto de sistemas de atención a la salud, que tiene sus raíces en los conocimientos sobre la salud y la enfermedad que los diferentes pueblos y comunidades indígenas y rurales han acumulado a través de su historia, y que ha incorporado elementos provenientes de otras medicinas, como la medicina herbolaria, la medicina antigua española, la medicina africana y, en menor medida, la medicina occidental; entre otros preceptos.

Fue aprobado por unanimidad reformar la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí a fin de incorporar dos definiciones que son indispensables para un mejor entendimiento y comprensión del Ordenamiento ambiental local, a fin de coadyuvar con la mejora en la aplicación de este mandato, integrando un par de especificaciones que serán necesarias en cuanto se busque interpretar el contenido del documento legislativo.

Se aprobó por unanimidad declarar al 2018 “Año de Manuel José Othón”.

Fue aprobado por unanimidad autorizar al ayuntamiento de Ciudad Valles donar 40 lotes del fraccionamiento El Pacífico a particulares.

Se aprobó por mayoría, con 18 votos a favor y 2 abstenciones, autorizar al ayuntamiento de Ciudad Valles donar 94 lotes del fraccionamiento El 21 a particulares.

Fue aprobado por unanimidad que la LXI Legislatura del Estado a través de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en coordinación con el Consejo Nacional de Fomento Educativo, Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia y el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana realicen el Parlamento de las Niñas y los Niños 2017, el martes 21 de noviembre del año en curso en el salón “Ponciano Arriaga Leija”.

Además se aprobaron los dictámenes que desecharon por improcedentes iniciativa que buscaba reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí; y solicitud del ayuntamiento de Tamuín para que se le autorizara endoso de facturas del ejido Las Palmas.

PUNTOS DE ACUERDO

Se aprobó por unanimidad un punto de acuerdo que presentó el diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández para que el Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorte al Lic. Mauricio Ramírez Konishi, titular del Instituto de la Vivienda del Estado (INVIES), a implementar las acciones pertinentes con la finalidad de regularizar la situación de las 272 viviendas pertenecientes al desarrollo Bustamante III, en la ciudad de Matehuala, y con ello dar la certeza jurídica a los más de 1300 habitantes de ese sector, quienes enfrentan diversas problemáticas a raíz de dicho conflicto.

Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentaron las diputadas Esther Angélica Martínez Cárdenas y Lucila Nava Piña para que el Congreso del Estado exhorte a los ayuntamientos del estado de San Luis Potosí que prestan en forma directa los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, para que remitan a más tardar el 25 de noviembre del presente año, sus propuesta de cuotas y tarifas para la prestación de los servicios a su cargo, en los términos que dispone la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí.

Se aprobó por unanimidad un punto de acuerdo que presentó la diputada Martha Orta Rodríguez para que el Congreso del Estado exhorte a los 58 ayuntamientos de la entidad para que se realice campaña de promoción de derechos y obligaciones de los ciclistas, con la finalidad de promover cultura de vialidad y que puedan transitar de manera segura por las calles de los distintos ayuntamientos.

Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentó el diputado Mariano Niño Martínez para que el Congreso del Estado exhorte al titular del Poder Ejecutivo del Estado para que contemple en la iniciativa de presupuesto de egresos del ejercicio fiscal de 2018 una partida de recursos destinada específicamente al desarrollo turístico de Real de Catorce para que mantengan su categoría de Pueblo Mágico.

Se aprobó por unanimidad otro punto de acuerdo que presentó el diputado Mariano Niño Martínez para que el Congreso del Estado exhorte al titular del Poder Ejecutivo del Estado para que contemple en la iniciativa de presupuesto de egresos del ejercicio fiscal de 2018 una partida de recursos destinada específicamente al desarrollo turístico de Xilitla para que mantengan su categoría de Pueblo Mágico.






Fue retirado del orden del día el punto de acuerdo del diputado José Luis Romero Calzada que buscaba que el Congreso del Estado exhortara a la Comisión Estatal de Garantía y Acceso a la Información Pública para que implemente las acciones necesarias y gire las instrucciones correspondientes a fin de que en la próxima actualización del padrón de sujetos obligados en materia de transparencia, incluya al Patronato de la Feria Regional de Moctezuma.

REESTRUCTURACIÓN DE LA PRIMERA VOCALÍA DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA

Se reestructuró la Primera Vocalía de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado para el periodo del 16 de noviembre del 2017 al 13 de septiembre de 2018, por lo que el diputado Gerardo Serrano Gaviño rindió protesta de ley para desempeñar ese cargo.

Previamente, fue leído el acuerdo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) de la LXI Legislatura para que el legislador Gerardo Serrano Gaviño sea el nuevo coordinador, en sustitución del diputado Manuel Barrera Guillén.

En asuntos generales los diputados Oscar Carlos Vera Fábregat y José Luis Romero Calzada intervinieron en la Tribuna Legislativa para desarrollar diversos tópicos.

En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; entes autónomo y paraestatal; ayuntamientos y organismos paramunicipales; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas.

Agotados los asuntos agendados se citó al pleno del Congreso del Estado a la sesión especial del Parlamento de las Niñas y los Niños 2017, programada a las 10 horas del martes 21 de noviembre del año en curso; así como a la sesión ordinaria programada a las 10 horas del jueves 23 de noviembre del 2017 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Poder Legislativo de Jardín Hidalgo número 19.





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